| El 21 de noviembre de 2001, la corte suprema de Hawaii declaró inconstitucional la ley que establece el registro público de delincuentes sexuales. Eto Bani, quien no se opuso al cargo de delito sexual en cuarto grado, argumentó que la ley viola su derecho constitucional de obtener el debido procedimiento legal, respetar sus garantías legales, prohibir el castigo cruel e inusual y su derecho a igualdad ante la ley.
El Magistrado Asociado, Mario Ramil, indicó que el derecho del Sr. Bati de obtener el debido procedimiento legal fue violado: "la ausencia de protección procesal en la provisión de la ley que establece la notificación al público hace que la ley sea inconstitucional, inválida e inejecutable."
Según Brent White, director de la Unión de Libertades Civiles (ACLU), "estas son personas que ya pagaron su deuda con la sociedad". En virtud del fallo, el estado ya no tiene permitido divulgar información a la comunidad sobre delincuentes sexuales. Más de 2,100 nombres quedan incluidos en el registro. De agosto de 2000 a enero de 2001, el sitio web para obtener información sobre delitos sexuales fue visitado 2.5 millones de veces.
Escriba al gobernador Ben Cayetano (gov@gov.state.hi.us) para expresarle su indignación a causa de tan grave cambio en esta prioridad social, legal y moral.
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