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Diario de Proceso Juríco

West Virginia

Actualizado el 21/8/03

Contactarse con: Terri Swecker, Policía del Estado (304) 746-2133.
Quienes deben registrarse: Debe registrarse si fue condenado de un delito que califique, o por intento de cometer un delito, o condenado bajo una provisión similar en otro estado, jurisdicción federal o militar, o si lo encontraron no culpable por demencia, retardación mental o adicción de un delito que califique. También si fue condenado y el juez que lo sentencio determino que el delito cometido tuvo motivos sexuales.
Información recopilada: Nombre, numero de seguro social, fecha de nacimiento, cuando mide de alto, cuanto pesa, color de ojos y pelo, domicilio actual, domicilio anterior, numero de teléfono, información del vehículo, información del empleador, delito por el cual fue condenado, jurisdicción donde fue condenado, fecha de condena, fecha en la que fue dejado en libertad, 2 juegos de las huellas dactilares y fotografía, nombre y numero telefónico del agente de libertad condicional o libertad a prueba.
Dirigido por: Policía Estatal.
Plazo para registrarse: 3 días de haber salido de la cárcel; 10 días de haberse mudado al estado, 10 días de haber cambiado su domicilio.
Aplica a delincuentes de otros estados: Sí, y para aquellos que visitan por más de quince días continuos.
Duración del requisito: De por vida para toda persona condenada de un delito sexual que involucre a un menor de edad (menor de 18 años), 1 o más condenas sexuales previas; también si el juez determina que hubieron victimas múltiples o cargos múltiples para un delito que califique; cualquier delito sexual violento; si la corte ha determinado que es un depredador sexual violento: 10 años para cualquier otro delincuente sexual.
Verificación de domicilio:
Pena por incumplimiento: Delito menor. El delincuente recibirá una multa de no menos de $250.00 y no más de $10,000.00, o encarcelamiento en la cárcel del condado por no más de un año, o multa y encarcelamiento. Delito mayor si es condenado de un segundo delito o delito posterior Ð pena Ð 1-5 años. Si esta obligado a registrarse de por vida es un delito mayor si no provee cambios en la registración o si no se registra. La pena es de 1-5 años. Toda persona que esta obligada a registrarse como depredador sexual violento y no lo hace o no informa de cambios en su registración comete un delito mayor. La pena por el primer delito es de 2-10 años. El segundo delito o delito posterior, de 5-20 años.
Acceso a información: Desde 5/99, los ciudadanos podían recibir información del Registro de Delincuentes Sexuales después de aplicar a (y ser aprobado por) la tribunal del circuito de jurisdicción en donde reside la persona que pide la información si el delincuente debe registrarse por 10 años o si la información en el Internet no es suficiente. Nueva legislación que entro en vigor el 15/6/98 determino que se dará noticia de la información de aquellos que se registran de por vida al público y será puesta en el Internet. West Virginia empezó su programa de notificación para la comunidad en septiembre de 1998.
Cláusula de privacidad: No
Personas registradas: 1,731 desde 21/8/03
Personas en cumplimiento c/requisito: Más de 99% 20 ordenes de arresto activas
En Internet: http://www.wvstatepolice.com


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