KlaasKids Foundation Home Page
Megan's Law in All Fifty States
The Amber Plan
About the Foundation
Legislation Involving Other Children's Issues
Fingerprint Your Kids at a Print-A-Thon!
The Klass Action Review Newsletter
Keep Your Child Safe With These Ideas
Ni
Seguridad Nacional
Enlaces
Donaciones
Diario de Proceso Juríco

Wyoming

Actualizado el 5/5/03

Contactarse con: JB Riles, Sección de Investigación Criminal (307) 777-7181.
Quienes deben registrarse: Toda persona que haya sido condenada de un delito sexual en el cual la victima era menor de edad y el delincuente tenía por lo menos diez y ocho (18) años o un delito sexual agravante.
Información recopilada: Fotografía; huellas dactilares; nombre, alias; domicilio; fecha y lugar de nacimiento; numero de seguro social; sitio de empleo; fecha y sitio donde fue condenado; y el crimen por el cual ha sido condenado.
Dirigido por: Departamento de Investigaciones Criminales
Plazo para registrarse: Se requiere que un delincuente sexual que ha sido condenado se registre antes de salir de su custodia. Delincuentes sexuales que han sido condenados pero no han recibido sentencia de encarcelamiento deben registrarse antes de cinco (5) días de haber salido de su custodia. También antes de diez (10) días de haberse mudado. Si un delincuente sexual que ha sido condenado se muda a Wyoming, deben registrarse dentro de cuarenta (40) días.
Aplica a delincuentes de otros estados:
Duración del requisito: Diez años o lo que ordene la corte. Si la persona es clasificada como un delincuente sexual agravante o depredador sexual violento, se registran de por vida.
Verificación de domicilio: Anualmente para delincuentes sexuales, cada 90 días para delincuentes sexuales agravantes.
Pena por incumplimiento: Una persona que no se registra a propósito como debe hacerlo bajo W.S. 7-19-302 es culpable de un delito menor alto punible por una multa de hasta setecientos cincuenta dólares ($750.00), encarcelamiento por un periodo de no mas de un año, o ambos. Una persona condenada por volver a incumplir con el requisito de registrarse como se requiere bajo W.S. 7-19-302 es culpable de un delito mayor punible por una multa de mil dólares ($1,000.00), encarcelamiento de no más de cinco años, o ambos.
Acceso a información: En este momento, la ley del estado limita la revelación de los delincuentes sexuales al sistema de justicia criminal al menos que el Condado o abogado del distrito haga un pedido a la corte para que revele la información del delincuente sexual al público. El condado o el abogado del distrito de esa jurisdicción pueden hacer una solicitud en la corte del distrito para revelar la información de un delincuente sexual registrado a las escuelas, iglesias, grupos de jóvenes y al público. La revelación de información se determina por la corte del distrito después de un asesoramiento de riesgo del delincuente a cometer otro delito al determinar que es bajo, moderado, o alta. Entonces la corte del distrito puede autorizar la revelación de la información de parte del Sheriff del condado, el Jefe de policías, el Designado o la Sección de investigación Criminal.
Cláusula de privacidad: Toda persona que concientemente revele información a cualquier persona o agencia que no tiene permiso de recibir esa información es culpable de un delito menor punible por encarcelamiento de no mas de seis meses, o una multa de no mas de setecientos cincuenta dólares, ($750.00), o ambos.
Personas registradas: 708
Personas en cumplimiento c/requisito: 88%
En Internet: http://attorneygeneral.state.wy.us/dci/so/so_registration.html


Página Principal | Ley Megan | Plan Amber | Acerca de la Fundación | Legislación | Print-A-Thon
Boletín informativo (solo Inglés) | Seguridad Infantil | Niños Desaparecidos | Seguridad Nacional | Enlaces (solo Inglés)

Klaaskids Foundation • P O Box 925, Sausalito, CA 94966
Tel: (415) 331-6867 • Fax: (415) 331-5633 • Email: klaaskids@pacbell.net

Copyright © 2003 Klaaskids.org All rights reserved.